
La Corte Constitucional aceptó para estudio la demanda interpuesta por Juan Felipe Harman Ortiz, director general de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), en contra del Decreto Ley 902 de 2017, el cual establece la eliminación de la fase judicial dentro del Procedimiento Único.
El funcionario argumenta que mantener esta etapa judicial, sin que se haya implementado aún la Jurisdicción Agraria, representa una vulneración al principio del juez natural. Además, señala que esto dificulta el cumplimiento de uno de los compromisos centrales del Acuerdo Final de Paz, que busca garantizar el acceso de campesinos sin tierra a 3 millones de hectáreas.
Por ello, Harman solicita que la Corte declare inexequible la fase judicial de manera condicionada, es decir, que se suspenda su aplicación hasta que entre en funcionamiento la Jurisdicción Agraria. Mientras tanto, propone que sea la máxima autoridad de tierras del país quien pueda tomar decisiones de fondo en el marco del Procedimiento Único.
Este mecanismo —el Procedimiento Único— es clave en los procesos agrarios especiales, ya que permite resolver temas como la clarificación de la propiedad, la recuperación de baldíos ocupados ilegalmente, los deslindes de tierras de la Nación y la extinción de dominio, entre otros asuntos fundamentales para la política agraria del país.






