
Las familias que hicieron su preinscripción al subsidio de mejoramiento de vivienda de la Gobernación del Meta, ´Más Vivienda Digna´, deben formalizar su inscripción postulándose en la plataforma virtual Más Vivienda, quienes requieran orientación sobre el proceso pueden acercarse a la oficina de Planeación de cada municipio o en Villavicencio en la secretaría de Vivienda departamental o escribiendo al correo de vivienda@meta.gov.co
Son 900 mejoramientos de vivienda para los municipios de: Restrepo, Barranca de Upía, Cabuyaro, Puerto Gaitán, Puerto López, Granada, Fuentedeoro, Vista Hermosa, Puerto Lleras y Puerto Concordia.
Son mejoramientos por $15.600.000 para la zona urbana y de $22.300.000 para la zona rural, para cada uno de estos municipios se asignarán 90 mejoramientos, 70 para la parte urbana y 20 para la parte rural, así lo dio a conocer la secretaria de Vivienda del Meta, Linda Guzmán Gutiérrez.
“Estar preinscrito no es estar postulado, la comunidad ya dio el primer paso donde manifestaron que querían participar, hoy ya deben postularse”, enfatizó la ingeniera Guzmán.
Por lo anterior, es importante que las familias que se inscribieron continúen con el proceso y hagan su postulación en la plataforma virtual vivienda.meta.gov.co
El plazo máximo para las postulaciones es hasta el 8 de junio y en este proceso las familias sí deben
adjuntar los documentos requeridos de acuerdo a la zona donde se encuentre ubicada su vivienda.
Si el mejoramiento es para una vivienda ubicada en el sector urbano, debe cumplir con los siguientes
requisitos:
- Copia de los documentos de identidad de todos los miembros del núcleo familiar actualizados
de acuerdo a la edad y manifestación por escrito de todos los mayores de edad del núcleo
postulado donde declaren que pertenecen al núcleo familiar del titular. - Certificado del Sisbén de todos los integrantes del núcleo familiar.
- Certificar la residencia mínima de un (1) año en el municipio que se aspira y cinco (5) años en el
departamento del Meta. - Certificar los ingresos del núcleo familiar, los cuales no deben superar el equivalente a cuatro
(4) salarios mínimos mensuales legales vigente. - Ningún miembro del núcleo familiar puede haber sido beneficiario de subsidios familiares de
vivienda. - Ningún miembro del núcleo familiar puede ser propietario o poseedor de una vivienda, predio
o inmueble diferente a la que será objeto. - Certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
- Certificado de posesión ininterrumpida por un término mínimo de cinco (5) años, expedido por
el jefe del hogar. - Certificado del avalúo de la vivienda expedido por un profesional con matrícula o recibo del
predial o avalúo del inmueble por parte de la secretaría de Planeación o quien haga sus veces en
el municipio. - Certificación de que la vivienda se encuentra ubicada en un barrio en suelo urbano y que NO
se encuentre ubicada en zonas de alto riesgo, por parte del municipio. - Certificado del avalúo de la vivienda por un profesional con matrícula o recibo del predial o
avalúo del inmueble por parte del municipio. - En caso de discapacidad, certificar la discapacidad por la autoridad competente, ya sea el del
jefe del hogar o algún miembro del núcleo familiar. - Acreditar en caso de enfoque diferencial, como:
- Víctima, indicar en el formulario cuantos miembros del hogar son víctimas los cuales deben estar
inscritos en el Registro Único de Victimas expedido por la UARIV. - Hombre o mujer cabeza de familia, mediante declaración extra juicio ante notaría.
- Constancia de acreditación de una persona en proceso de reincorporación expedida por la
Agencia para Reincorporación y la Normalización-ARN. - Comunidades afrodescendientes: certificado de autorreconocimiento expedido por el Ministerio
del Interior. - Comunidad LGBTIQ+: Debe estar inscrito en la base de datos de la secretaría de la Mujer.
- Adulto mayor deberá indicarlo en el formulario.
- Minorías étnicas, expedido por el Ministerio del Interior o el que designe el Gobierno Nacional
Si el mejoramiento es para una vivienda ubicada en el sector rural, debe cumplir con los siguientes
requisitos:
- Copia de los documentos de identidad de todos los miembros del núcleo familiar actualizados
de acuerdo a la edad y manifestación por escrito de todos los mayores de edad del núcleo
postulado donde declaren que pertenecen al núcleo familiar del titular. - Certificado del Sisbén de todos los integrantes del núcleo familiar.
- Certificar la residencia mínima de un (1) año en el municipio que se aspira y cinco (5) años en el
departamento del Meta. - Certificar los ingresos del núcleo familiar, los cuales no deben superar el equivalente a cuatro
(4) salarios mínimos mensuales legales vigente. - Ningún miembro del núcleo familiar puede haber sido beneficiario de subsidios familiares de
vivienda. - Ningún miembro del núcleo familiar puede ser propietario o poseedor de una vivienda, predio
o inmueble diferente a la que será objeto. - Certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
- Certificado de sana posesión ininterrumpida por un término mínimo de cinco (5) años, expedido
por el jefe del hogar. - Certificado del avalúo de la vivienda expedido por un profesional con matrícula o recibo del
predial o avalúo del inmueble por parte de la secretaría de Planeación o quien haga sus veces en
el municipio.
- Certificado por parte del municipio del predio que cuente con la posibilidad de acceder a agua
para consumo humano y doméstico. - Certificado por parte del municipio de que el lote no se encuentre ubicado sobre ronda de
cuerpo de agua o zona de riesgo, y no esté ubicado en zona de reserva, de obra pública o de
infraestructura básica de nivel nacional. - Documento que acredite la compraventa del predio, en el caso de ser poseedor.
- Certificado de Suelo Rural y/o no alto riesgo por parte del municipio.
- En caso de discapacidad, certificar la discapacidad por la autoridad competente, ya sea el del
jefe del hogar o algún miembro del núcleo familiar. - Acreditar en caso de enfoque diferencial, como:
- Víctima, indicar en el formulario cuantos miembros del hogar son víctimas los cuales deben estar
inscritos en el Registro Único de Victimas expedido por la UARIV. - Hombre o mujer cabeza de familia, mediante declaración extra juicio ante notaría.
- Constancia de acreditación de una persona en proceso de reincorporación expedida por la
Agencia para Reincorporación y la Normalización-ARN. - Comunidades afrodescendientes: certificado de autorreconocimiento expedido por el Ministerio
del Interior. - Comunidad LGBTIQ+: Debe estar inscrito en la base de datos de la secretaría de la Mujer.
- Adulto mayor deberá indicarlo en el formulario.
- Minorías étnicas, expedido por el Ministerio del Interior o el que designe el Gobierno Nacional