La Secretaría de Movilidad de Villavicencio estableció las organizaciones y entidades donde los infractores tránsito, bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas, deben realizar las acciones comunitarias.
Camila Ortiz, asesora jurídica de la Dirección de los Servicios de Movilidad, dijo que de acuerdo con el Ministerio de Transporte, es competencia de las autoridades de tránsito territoriales determinar los lugares y los procedimientos para las acciones comunitarias, y que en razón de ello se expedió la Resolución 168 del 8 de abril de 2021.
“Se trata de entidades como la ESE Municipal, organizaciones sin ánimo de lucro como Alcohólicos Anónimos, la Casa del Alfarero, Cuerpo de Bomberos Voluntarios y otras entidades u organizaciones que acrediten dentro de sus actividades la realización de programas para prevenir la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas”, agregó la asesora.
De acuerdo con la resolución, el ciudadano que sea declarado contraventor y deba cumplir con ese tipo de sanción por conducir bajos los efectos del alcohol u otras sustancias, podrá realizar las acciones comunitarias impuestas en cualquiera de las entidades u organizaciones antes mencionadas.
Para acreditar el cumplimiento de dichas labores, el infractor deberá presentar el certificado original expedido por la organización autorizada en la resolución, junto con la planilla de asistencia con la cantidad de horas sociales señaladas.
Además de las acciones comunitarias, las personas sorprendidas conduciendo bajos los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas son sancionadas con la suspensión de sus licencias de conducción y multas económicas que pueden superar los 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes, dependiendo el grado de alcoholemia y la reincidencia.