#Redacción : El Espectador.
Este lunes, los Ministerios de Salud y del Interior expidieron una nueva circular que determinan toques de queda según ocupación uci. Algunas de las ciudades priorizadas son Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Santa Marta, entre otras.
– Los hoteles y restaurantes quedarán exentos del pico y cédula.
Al igual que la circular que expidió el Ministerio de Salud y del Interior para la Semana Santa, este lunes se conocieron nuevas recomendaciones que deberán acoger las ciudades de acuerdo con su ocupación uci a partir de la fecha hasta el próximo 3 de mayo.
La preocupación del Gobierno Nacional está en Bogotá, Manizales, Armenia, Tunja, Barranquilla, Montería, Leticia, Pereira, Medellín, Cali, Santa Marta, Barranquilla y Valledupar, debido a aumento de casos, muertes y ocupación uci. La mayoría de estas ciudades ya aplicaron medidas especiales, sin embargo, estas se tendrán que extender hasta el próximo 3 de mayo.
“En estas fechas se requiere de disciplina y autocuidado colectivo con el fin de mantener y reforzar las medidas sanitarias y disminuir el riesgo en el contagio del COVID-19”, se lee en la circular. Estas son las recomendaciones que ordenan los ministerios.- Para las ciudades con ocupación uci entre 50 y 69%: pico y cédula y toques de queda nocturnos desde las cero horas hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. Los hoteles y restaurantes quedan exceptuados del pico y cédula.
– Para las ciudades con ocupación uci entre el 70 y 79%: pico y cédula y toques de queda nocturnos desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. Los hoteles y restaurantes quedan exceptuados del pico y cédula.
– Para las ciudades con ocupación uci entre 80 y 84%: pico y cédula y toques de queda nocturnos desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. Los hoteles y restaurantes quedan exceptuados del pico y cédula. Una persona por núcleo familiar puede salir a hacer las compras de primera necesidad.
– Para las ciudades con ocupación uci superior al 85%: pico y cédula y toques de queda nocturnos desde las 6:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. Los hoteles y restaurantes quedan exceptuados del pico y cédula. Una persona por núcleo familiar puede salir a hacer las compras de primera necesidad.
En cualquiera de las circunstancias, los servicios a domicilio y las actividades dispuestas en el Decreto 1076 de 2020 están permitidos. Igualmente, los ministerios le ordenaron a alcaldes y gobernadores no autorizar eventos que implique aglomeraciones, así como celebraciones regionales, no dar autorización de apertura a discotecas, en ciudades con más del 70% de ocupación se podrán imponer medidas para controlar aforos en playas y otros sitios públicos y las medidas de pedagogía y control en el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.